Guía completa del Plan MOVES III en Castilla-La Mancha: estado actual y qué ayudas quedan vigentes en 2026

Guía completa del Plan MOVES III 2025: cómo conseguir ayudas para cargadores de coche eléctrico
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Contenido Actualizado

Hemos actualizado este artículo a fecha de abril de 2026 para reflejar el estado real del Plan MOVES III en Castilla-La Mancha: la convocatoria cerró el 31 de diciembre de 2025, pero el plazo de justificación sigue abierto hasta el 31 de diciembre de 2026. También incluimos información actualizada sobre el Plan Auto+, el programa que toma el relevo para nuevas instalaciones de cargadores en 2026. Lo revisamos periódicamente para que siempre tengas información veraz y aplicable a tu situación.

4 puntos clave

🔒

El MOVES III cerró solicitudes el 31/12/2025

Ya no se admiten nuevas solicitudes. El relevo para instalaciones nuevas es el Plan Auto+.

Justificación abierta hasta el 31/12/2026

Si tienes ayuda concedida, presenta factura desglosada, CIE y justificante de pago antes de esa fecha.

Plan Auto+: hasta el 70–80% para nuevas instalaciones

70% para particulares · 80% en municipios <5.000 hab. · Dotación 400 M€ en 2026.

💶

Deducción IRPF 15%: hasta 600 € de ahorro fiscal

Base máxima 4.000 €. Compatible con MOVES III y Plan Auto+. Consulta estado de prórroga 2026 con tu asesor fiscal.

● Fuentes: JCCM · Oficina Energética CLM · IDAE · Ministerio de Industria · abril 2026

Cada vez son más las personas en Castilla-La Mancha que han dado el paso al vehículo eléctrico, y la instalación del punto de carga doméstico sigue siendo una de las primeras decisiones que hay que tomar. Durante años, el Plan MOVES III fue el principal instrumento de ayuda para financiar esta instalación. En 2026, ese programa ha cerrado su fase de solicitudes, pero no ha desaparecido del todo: hay expedientes en tramitación, pagos pendientes y un plazo de justificación que llega hasta final de año.

Esta guía explica con precisión qué queda vigente del Plan MOVES III en Castilla-La Mancha a abril de 2026, qué tienes que hacer si ya presentaste tu solicitud, y cuál es el nuevo marco de ayudas —el Plan Auto+— al que puedes acogerte si quieres instalar un cargador ahora.

La última convocatoria del Plan MOVES III en Castilla-La Mancha fue aprobada mediante Resolución de 22 de agosto de 2025 de la Consejería de Desarrollo Sostenible, con un presupuesto de 5,68 millones de euros para la anualidad 2025. El plazo para presentar nuevas solicitudes terminó el 31 de diciembre de 2025 y ya no es posible acceder a una convocatoria abierta.

Lo que sí sigue activo en 2026 es la fase de justificación y abono: las personas destinatarias de las ayudas tienen como plazo máximo para aportar la documentación justificativa el 31 de diciembre de 2026. Si ya tienes concedida la ayuda, este es el plazo que te afecta y el que no puedes dejar pasar.

¿Qué es el Plan MOVES III y cómo funciona?

El Plan MOVES III fue el principal programa de ayudas públicas en España para promover la movilidad eléctrica y sostenible. Estuvo financiado por el Gobierno central y gestionado directamente por cada Comunidad Autónoma. En el caso de Castilla-La Mancha, la tramitación se realizó a través del Instituto de Finanzas de la Junta, que es el organismo encargado de recibir las solicitudes, gestionar los fondos y resolver las convocatorias.

Este plan formó parte de la estrategia nacional de transición energética y movilidad limpia, enmarcado dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos europeos Next Generation EU. Su objetivo fue claro: facilitar y acelerar el cambio hacia una movilidad sin emisiones, tanto en el ámbito particular como empresarial e institucional.

Instalación de cargador de coche eléctrico con la ayuda de Plan MOVES III

¿Qué tipo de ayudas ofreció?

El Plan MOVES III contempló dos grandes líneas de ayuda:

  • Ayudas para la compra de vehículos eléctricos o híbridos enchufables.
  • Ayudas para la instalación de puntos de recarga para coches eléctricos, que es donde Ecogal Energía actúa como empresa especializada.

Este artículo se centra en el segundo caso: las subvenciones para instalar cargadores de coche eléctrico en viviendas, comunidades, negocios y flotas en Castilla-La Mancha.

Estado actual: La convocatoria 2025 del Plan MOVES III en Castilla-La Mancha cerró el 31 de diciembre de 2025. Ya no se pueden presentar nuevas solicitudes. Si tienes un expediente en tramitación, el plazo para justificar tu instalación sigue abierto hasta el 31 de diciembre de 2026. Para instalaciones nuevas, el programa vigente es el Plan Auto+ — lo explicamos más adelante en esta guía.

¿Quién se benefició del Plan MOVES III en Castilla-La Mancha?

Una de las grandes ventajas del Plan MOVES III es que no se limitó solo a grandes empresas o instituciones públicas. Fue diseñado para llegar a todo tipo de usuarios, siempre y cuando apostasen por la movilidad eléctrica. En Castilla-La Mancha, estas fueron las personas y entidades que pudieron acceder a las ayudas para instalar puntos de carga:

  • Particulares y familias: Siempre que tuvieran un coche eléctrico y deseasen instalar un punto de carga en su vivienda unifamiliar, adosado o garaje privado. También si tenías una segunda residencia dentro de Castilla-La Mancha.
    Ejemplo: Ana vive en un chalet en Illescas y quiere instalar un cargador de coche eléctrico conectado a su sistema de autoconsumo solar. Gracias al Plan MOVES III pudo recibir hasta un 70 % del coste subvencionado.
  • Comunidades de vecinos: En edificios residenciales, las comunidades también pudieron solicitar ayudas para instalar cargadores en garajes comunitarios o plazas privadas, tanto de uso individual como compartido.
    Ejemplo: Una comunidad en Talavera de la Reina instala 4 puntos de recarga para los vecinos. La subvención pudo cubrir un porcentaje muy alto de la inversión, sobre todo porque se destinó a uso colectivo.
  • Autónomos y pymes: Los pequeños negocios que usan flotas de reparto, empresas con oficinas, talleres o cualquier negocio que desease ofrecer punto de carga a sus empleados o clientes pudo beneficiarse del MOVES III.
    Ejemplo: Un taller mecánico en Quintanar de la Orden instaló un punto de recarga rápido para los clientes. Como autónomo, el propietario recibió hasta un 55 % de subvención.
  • Grandes empresas y administraciones: El plan también contempló subvenciones para grandes compañías y entidades públicas que instalaron puntos de carga en su sede o centros logísticos.
    Ejemplo: Un ayuntamiento en la provincia de Cuenca instaló cargadores públicos en el parking municipal. Al tratarse de una entidad pública, pudo obtener financiación a fondo perdido para impulsar la movilidad eléctrica en su municipio.

¿Qué tipo de gastos cubría la ayuda?

El Plan MOVES III para la instalación de puntos de recarga en Castilla-La Mancha alcanzó porcentajes de subvención de hasta el 80% del coste subvencionable, convirtiéndose en uno de los programas más generosos para particulares y comunidades de propietarios de los últimos años.

Instalación de un punto de recarga de coches eléctricos en Castilla-La Mancha

Según el Artículo 13 del RD 266/2021, los conceptos subvencionables fueron:

  • Equipo de recarga (wallbox, postes, etc.)
  • Obra civil, canalizaciones e instalación eléctrica
  • Cuadros, protecciones, cableado, legalización y permisos
  • Sistemas de gestión, control y señalización
  • Ingeniería, dirección de obra y preinstalaciones
  • IVA no deducible para particulares y entidades sin derecho a su recuperación

Una de las ventajas más relevantes del programa fue precisamente su amplitud: la ayuda cubría toda la instalación, no solo el coste del equipo. Esto permitió que muchas familias y comunidades en Castilla-La Mancha afrontaran proyectos completos con un desembolso real muy reducido.

📌 ¿Tienes una instalación realizada en 2025 y presentaste solicitud? Estos conceptos siguen siendo la base sobre la que se calcula tu ayuda concedida. Guarda todas las facturas desglosadas —equipo, mano de obra, materiales y legalización— porque las necesitarás para la justificación, cuyo plazo cierra el 31 de diciembre de 2026.

Tabla de porcentajes porcentajes de subvención según tipo de solicitante

Tipo de beneficiario% base de ayudaIncremento en municipios <5.000 hab.% total máximo
Particulares y autónomos70 %+10 puntos80 %
Comunidades de propietarios70 %+10 puntos80 %
Administraciones (sin actividad económica)70 %+10 puntos80 %
Pequeñas empresas55 %+10 puntos65 %
Medianas empresas45 %+10 puntos55 %
Grandes empresas35 %+10 puntos45 %

📌 Importante: Se priorizan proyectos en zonas rurales, premiando con un 10 % adicional las instalaciones en municipios con menos de 5.000 habitantes.

Límites máximos por tipo de cargador

Tipo de infraestructuraPotenciaLímite máximo por punto
Carga vinculada domésticaHasta 7,4 kW5.000 €
Carga normalHasta 22 kW5.000 €
Carga semirrápida>22 kW hasta 50 kW15.000 €
Carga rápida>50 kW hasta 150 kW30.000 €
Carga ultrarrápidaMás de 150 kW80.000 €

¿Hasta cuándo se podía solicitar?

La convocatoria 2025 estuvo abierta desde el 27 de agosto de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, con carácter retroactivo para actuaciones iniciadas desde el 1 de enero de 2025. En 2026, las administraciones continúan resolviendo expedientes ya registrados y abonando ayudas pendientes; el proceso no es inmediato ni uniforme: primero se resuelve la concesión y, una vez justificada la operación, se tramita el pago.

Si tienes un expediente en curso, puedes consultar su estado en la sede electrónica de la JCCM con tu NIF y número de expediente, o contactar directamente con la Oficina de Asesoramiento Energético de CLM en el 926 100 440 o en movescastillalamancha@jccm.es.

Requisitos para acceder a la ayuda MOVES III

Aunque la convocatoria está cerrada, estos requisitos siguen siendo relevantes para quienes tienen expedientes en tramitación o necesitan completar la justificación:

  • La instalación debe estar ubicada en Castilla-La Mancha y cumplir todos los permisos y normativas técnicas vigentes, incluida la ITC-BT-52.
  • El solicitante debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en el momento de la resolución y el abono.
  • La factura de la instalación debe estar emitida entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2025.
  • La documentación justificativa —facturas, certificado de instalación eléctrica (CIE), fotografías y justificantes de pago— debe presentarse antes del 31 de diciembre de 2026.

Requisitos según tipo de solicitante

Tipo de solicitanteRequisitos clave
ParticularesSer titular del punto de suministro y contar con una instalación eléctrica legalizada. No se requiere cargador inteligente o bidireccional.
Comunidades de vecinosContar con acuerdo de la comunidad y/o instalación sobre zona comunitaria. Puede instalarse cargador de uso compartido o individual.
Autónomos y empresasDeben justificar el uso profesional del vehículo eléctrico o su vinculación con la actividad. Es necesario acreditar su tamaño (pyme o gran empresa).
Administraciones públicasPresentar la memoria técnica del proyecto y vincular la instalación a un uso público o institucional.

Deducciones e incentivos fiscales compatibles en 2026

Aunque el Plan MOVES III ya no admite nuevas solicitudes, los incentivos fiscales asociados a la instalación de un punto de recarga doméstico siguen vigentes y son acumulables con las ayudas directas del programa para quienes ya las tienen concedidas.

Deducción del 15% en el IRPF por instalación de punto de recarga

Es el incentivo más directo y el que más afecta a particulares en 2026. Se aplica sobre el coste total de la instalación (equipo, mano de obra, protecciones y legalización) con una base máxima de 4.000 € y un ahorro máximo de 600 € en la cuota estatal. La deducción se aplica en el ejercicio en que finaliza la instalación, acreditada mediante el CIE y la factura detallada con justificante de pago trazable.

Su prórroga para instalaciones de 2026 está pendiente de aprobación parlamentaria definitiva a la fecha de este artículo. Consulta el estado con tu asesor fiscal antes de presentar la declaración de renta 2026.

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Deducción por obras de mejora de eficiencia energética

Si la instalación del cargador se acompaña de una mejora energética en la vivienda (placas solares fotovoltaicas, aerotermia o mejora de la envolvente térmica), puedes acceder a deducciones adicionales de entre el 20% y el 40% según el tipo de actuación, al amparo del Real Decreto-ley 19/2021. Estas deducciones son independientes de la del punto de recarga y pueden aplicarse de forma simultánea si las instalaciones están correctamente documentadas y facturadas por separado.

Bonificaciones en el IBI

Algunos ayuntamientos de Castilla-La Mancha contemplan bonificaciones de hasta el 50% en el IBI para viviendas que incorporan sistemas de recarga junto con energías renovables. La cuantía, duración y requisitos varían según el municipio — consulta directamente con tu ayuntamiento o con nosotros si quieres saber si tu localidad tiene esta bonificación activa.

Compatibilidad con otras subvenciones

Las ayudas del Plan MOVES III fueron incompatibles con otras subvenciones de la misma finalidad procedentes de administraciones públicas. Sin embargo, sí fueron compatibles con deducciones fiscales como las descritas arriba, siempre que la deducción se aplicara sobre el importe no subvencionado, no sobre el total. Para instalaciones nuevas en 2026 bajo el Plan Auto+, aplica la misma lógica: la deducción del IRPF actúa sobre el coste neto que tú asumes tras descontar la subvención.

Cómo gestionar tu expediente MOVES III en 2026

El proceso de solicitud ya está cerrado, pero si presentaste tu solicitud en 2025 hay pasos que aún tienes que completar para cobrar la ayuda. Y si quieres instalar un cargador ahora, el procedimiento es diferente, te lo explicamos también.

Si ya tienes un expediente MOVES III en tramitación

El proceso hasta el cobro tiene dos fases diferenciadas:

  1. Resolución de la concesión: La Junta de Castilla-La Mancha está resolviendo los expedientes por orden de registro. Si aún no has recibido notificación, puedes consultar el estado en la sede electrónica de la JCCM con tu NIF y número de expediente, o llamar al 926 100 440. Si recibes un requerimiento de subsanación, tienes un plazo limitado para responder… ¡no lo dejes pasar!
  2. Justificación y abono: Una vez concedida la ayuda, debes presentar la documentación justificativa antes del 31 de diciembre de 2026. Los documentos necesarios son:
    • Factura completa y desglosada de la instalación
    • Justificante de pago trazable (transferencia o tarjeta, nunca efectivo)
    • Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) emitido por el instalador autorizado
    • Fotografías de la instalación ejecutada
    • Formulario de solicitud de abono (Anexo IV para puntos de recarga)

En Ecogal Energía gestionamos la justificación por ti. Si instalamos tu cargador y tramitamos tu solicitud, nos encargamos de preparar y presentar toda la documentación antes del cierre del plazo. Contáctanos en contacto@ecogalenergia.es o en el +34 967 16 60 89.

Si quieres instalar un cargador ahora en 2026

El procedimiento ya no pasa por el MOVES III sino por el Plan Auto+. Las bases específicas para cargadores domésticos están pendientes de publicación oficial, pero el proceso previsto es más ágil que el anterior: la ayuda se gestiona de forma centralizada con tiempos de resolución estimados de 3-4 meses, frente a los 8-12 meses habituales del MOVES III.

Lo que sí puedes hacer desde ya:

  1. Solicitar presupuesto y verificar que tu instalación cumple los requisitos técnicos de la ITC-BT-52.
  2. Guardar toda la documentación desde el primer día: factura desglosada, CIE y justificante de pago . Son los mismos documentos que necesitarás para cualquier convocatoria y para la deducción del IRPF.
  3. Contactar con Ecogal Energía para que te informemos del estado exacto de la convocatoria en el momento de tu instalación y gestionemos la tramitación completa.

 ¿Cuánto tardan en resolver?

Los plazos de resolución del MOVES III en Castilla-La Mancha variaron entre 3 y 8 meses desde la presentación completa de la documentación. En 2026, con expedientes de la convocatoria 2025 aún en cola, los tiempos pueden alargarse. Si tienes prisa por conocer el estado de tu expediente, la vía más directa es la sede electrónica de la JCCM o el correo movescastillalamancha@jccm.es.

¿Te ayudamos a solicitarla? Ecogal lo gestiona por ti

Si estás pensando en instalar un punto de carga para tu coche eléctrico, no dejes pasar las ayudas del Plan MOVES III. En Ecogal Energía nos encargamos de todo el proceso:

  • Estudio personalizado gratuito para tu vivienda, empresa o comunidad.
  • Tramitación integral de la subvención.
  • Instalación con equipos de primeras marcas y certificación profesional.
  • Soluciones llave en mano para integrar la recarga con tu instalación solar fotovoltaica.
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Preguntas frecuentes sobre el Plan MOVES III en 2026

¿Puedo solicitar el Plan MOVES III ahora en 2026?

No. La convocatoria 2025 cerró el 31 de diciembre de 2025 y no se admiten nuevas solicitudes. Si quieres instalar un cargador en 2026 y acceder a ayudas directas, el programa vigente es el Plan Auto+. Contáctanos y te informamos del estado actual de la convocatoria en el momento de tu instalación.

¿Qué pasa si ya tengo el cargador instalado y presenté la solicitud?

Si presentaste tu solicitud antes del 31 de diciembre de 2025, tu expediente sigue su curso. Tienes hasta el 31 de diciembre de 2026 para presentar la documentación justificativa una vez que recibas la resolución de concesión. Conserva la factura desglosada, el justificante de pago y el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), son los documentos clave para el abono. En Ecogal Energía nos encargamos de todo el proceso de justificación si instalamos tu cargador.

¿Qué es el Plan Auto+ y en qué se diferencia del MOVES III?

El Plan Auto+ es el programa que sustituye al MOVES III para instalaciones nuevas en 2026. Está integrado en el marco del Plan España Auto 2030 y gestionado por el Ministerio de Industria y Turismo con una dotación de 400 millones de euros. La diferencia más importante respecto al MOVES III es la agilidad: el incentivo está diseñado para aplicarse de forma mucho más rápida, con tiempos estimados de 3-4 meses frente a los 8-12 meses habituales del programa anterior. Los porcentajes de subvención para cargadores domésticos son similares: hasta el 70% para particulares y autónomos y hasta el 80% en municipios de menos de 5.000 habitantes.

¿Puedo combinar la subvención con una instalación de placas solares?

Sí, y es una de las combinaciones más rentables. Puedes instalar un Wallbox integrado con autoconsumo fotovoltaico y acceder por separado a las ayudas para el punto de recarga y a las deducciones por mejora de eficiencia energética. En Castilla-La Mancha, con más de 2.800 horas de sol al año, la combinación de carga solar y tarifa valle nocturna puede reducir el coste por kilómetro recorrido a cifras cercanas a 0,02 €/km, frente a los 0,08-0,12 €/km de la gasolina.

¿Qué pasa si me denegaron la ayuda?

Si recibiste una resolución de denegación, los motivos más habituales son documentación incompleta, instalación no ejecutada dentro del plazo o incompatibilidad con otra subvención. En muchos casos es posible presentar alegaciones o recurso de reposición dentro del plazo legal indicado en la propia notificación. Si tramitaste la solicitud con Ecogal Energía, analizamos contigo la resolución y te acompañamos en el proceso de alegaciones sin coste adicional.

¿Puedo instalar un cargador en una comunidad de vecinos en 2026?

Sí. El Plan Auto+ contempla ayudas para instalaciones en garajes comunitarios en las mismas condiciones que para particulares. Además, la Ley de Propiedad Horizontal (art. 17.5) sigue garantizando tu derecho a instalar el punto de recarga sin necesidad de aprobación en junta — solo comunicación previa al presidente o administrador. En Ecogal gestionamos tanto la parte técnica como la tramitación de la ayuda para comunidades en toda Castilla-La Mancha.

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