Guía completa del Plan MOVES III 2025: cómo conseguir ayudas para cargadores de coche eléctrico

Guía completa del Plan MOVES III 2025: cómo conseguir ayudas para cargadores de coche eléctrico
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Cada vez son más las personas en Castilla-La Mancha que apuestan por el vehículo eléctrico como forma de moverse de manera más limpia, económica y sostenible. Sin embargo, una de las dudas más habituales a la hora de dar el paso es el coste de la instalación del punto de carga en casa o en el trabajo. La buena noticia es que el Plan MOVES III sigue en vigor en 2025 y ofrece importantes ayudas para quienes instalan cargadores de coche eléctrico en nuestra comunidad.

En este artículo te explicamos cómo funciona el Plan MOVES III en Castilla-La Mancha, qué requisitos debes cumplir, cuánto puedes ahorrar y cómo desde Ecogal Energía podemos ayudarte a tramitar la subvención sin complicaciones.

¿Qué es el Plan MOVES III y cómo funciona?

El Plan MOVES III es el principal programa de ayudas públicas en España para promover la movilidad eléctrica y sostenible. Está financiado por el Gobierno central, pero gestionado directamente por cada Comunidad Autónoma. En el caso de Castilla-La Mancha, la tramitación se realiza a través del Instituto de Finanzas de la Junta, que es el organismo encargado de recibir las solicitudes, gestionar los fondos y resolver las convocatorias.

Este plan forma parte de la estrategia nacional de transición energética y movilidad limpia, enmarcado dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado con fondos europeos. Su objetivo es claro: facilitar y acelerar el cambio hacia una movilidad sin emisiones, tanto en el ámbito particular como empresarial e institucional.

Instalación de cargador de coche eléctrico con la ayuda de Plan MOVES III

¿Qué tipo de ayudas ofrece?

En el marco del Plan MOVES III se ofrecen dos grandes tipos de ayuda:

  • Ayudas para la compra de vehículos eléctricos o híbridos enchufables.
  • Ayudas para la instalación de puntos de recarga para coches eléctricos, que es donde Ecogal Energía actúa como empresa especializada.

Este artículo se centrará en el segundo caso: las subvenciones para instalar cargadores de coche eléctrico en viviendas, comunidades, negocios y flotas, un campo donde cada vez hay más interés en Castilla-La Mancha debido al aumento de coches eléctricos matriculados y a los precios de la energía.

¿Quién puede beneficiarse del Plan MOVES III en Castilla-La Mancha?

Una de las grandes ventajas del Plan MOVES III es que no se limita solo a grandes empresas o instituciones públicas. Está diseñado para llegar a todo tipo de usuarios que estén apostando por la movilidad eléctrica. En Castilla-La Mancha, estas son las personas y entidades que pueden acceder a las ayudas para instalar puntos de carga:

  • Particulares y familias: Si tienes un coche eléctrico y deseas instalar un punto de carga en tu vivienda unifamiliar, adosado o garaje privado, puedes solicitar la ayuda. También si tienes una segunda residencia dentro de Castilla-La Mancha.
    Ejemplo: Ana vive en un chalet en Illescas y quiere instalar un cargador de coche eléctrico conectado a su sistema de autoconsumo solar. Gracias al Plan MOVES III puede recibir hasta un 70 % del coste subvencionado.
  • Comunidades de vecinos: En edificios residenciales, las comunidades también pueden solicitar ayudas para instalar cargadores en garajes comunitarios o plazas privadas, tanto de uso individual como compartido.
    Ejemplo: Una comunidad en Talavera de la Reina instala 4 puntos de recarga para los vecinos. La subvención puede cubrir un porcentaje muy alto de la inversión, sobre todo si se destinan a uso colectivo.
  • Autónomos y pymes: Los pequeños negocios que usan flotas de reparto, empresas con oficinas, talleres o cualquier negocio que desee ofrecer punto de carga a sus empleados o clientes puede beneficiarse del MOVES III.
    Ejemplo: Un taller mecánico en Quintanar de la Orden instala un punto de recarga rápido para los clientes. Como autónomo, el propietario puede recibir hasta un 55 % de subvención.
  • Grandes empresas y administraciones: El plan también contempla subvenciones para grandes compañías y entidades públicas que instalan puntos de carga en su sede o centros logísticos.
    Ejemplo: Un ayuntamiento en la provincia de Cuenca instala cargadores públicos en el parking municipal. Al tratarse de una entidad pública, puede obtener financiación a fondo perdido para impulsar la movilidad eléctrica en su municipio.

¿Cuánto cubre la ayuda y qué requisitos hay que cumplir?

El Plan MOVES III 2025 ofrece una de las ayudas más completas a nivel nacional para fomentar la movilidad eléctrica. Las subvenciones cubren desde el 40 % hasta el 80 % del coste total de la instalación de un punto de carga, incluyendo tanto los equipos como la mano de obra.

Instalación de un punto de recarga de coches eléctricos en Castilla-La Mancha

  • Particulares: Los usuarios particulares que instalan un cargador en su vivienda habitual o segunda residencia pueden recibir una ayuda de hasta el 70 % del coste total. Si la instalación se realiza en un municipio con menos de 5.000 habitantes, el porcentaje puede subir hasta el 80 %. Esto aplica tanto a casas unifamiliares como a plazas de garaje en comunidades de vecinos.
  • Comunidades de vecinos: En el caso de garajes comunitarios pueden recibir una ayuda de hasta 70 % en municipios grandes y 80 % en pequeños, siempre que el punto de carga sea de uso compartido o individual pero conectado a un contador comunitario.
  • Autónomos: Los trabajadores por cuenta propia que instalan un punto de carga para su vehículo profesional pueden acceder a una subvención de hasta el 60 % del coste si están ubicados en municipios rurales, y del 50 % en núcleos urbanos mayores. Esto es aplicable tanto a puntos de carga en domicilios como en locales comerciales.
  • Empresas: Las ayudas para empresas varían en función del tamaño de la compañía:
    Pequeñas empresas: Hasta un 55 % (65 % en municipios rurales).
    Medianas empresas: Hasta un 45 % (55 % en municipios rurales).
    Grandes empresas: Hasta un 40 % (50 % en municipios rurales).
    Estas ayudas están dirigidas a instalaciones para flotas, parkings de clientes, estaciones de recarga públicas, etc.
  • Cargadores rápidos y ultra-rápidos: Aunque el MOVES III se centra principalmente en puntos de carga de hasta 22 kW (como los que se instalan en hogares o negocios), también se contemplan ayudas para cargadores rápidos (de más de 22 kW) y ultrarrápidos (más de 150 kW) en el caso de infraestructuras públicas o estaciones para flotas. Estas ayudas requieren condiciones adicionales y están pensadas sobre todo para empresas o ayuntamientos.
  • Administraciones públicas: Las entidades públicas también pueden optar a ayudas de hasta el 70 % (80 % en zonas rurales), tanto para puntos de carga públicos como para sus propios vehículos oficiales.
Tipo de solicitantePorcentaje de ayudaLímite máximo (€)¿Compatible con placas solares?
ParticularesHasta el 70%1.000 €
AutónomosHasta el 60%1.000 €
EmpresasHasta el 55%800 €

Tabla de porcentajes Plan MOVES III en Castilla-La Mancha (actualizado 2025)

Aquí tienes una tabla resumen con los porcentajes de subvención aplicables:

Tipo de solicitante% ayuda en municipio ≥ 5.000 hab.% ayuda en municipio < 5.000 hab.
ParticularesHasta 70 %Hasta 80 %
Comunidades de vecinosHasta 70 %Hasta 80 %
AutónomosHasta 50 %Hasta 60 %
Pequeñas empresasHasta 55 %Hasta 65 %
Medianas empresasHasta 45 %Hasta 55 %
Grandes empresasHasta 40 %Hasta 50 %
Administraciones públicasHasta 70 %Hasta 80 %

Consideraciones importantes:

  • Los porcentajes se aplican sobre el coste total subvencionable, incluyendo equipo, instalación y obra civil.
  • Para particulares y comunidades, no es necesario instalar un cargador inteligente o bidireccional, pero sí cumplir normativa técnica.
  • Las ayudas se conceden por orden de solicitud, hasta agotar los fondos.
  • En 2025, el programa se ha prorrogado y sigue vigente hasta, como mínimo, 31 de diciembre de 2025, salvo agotamiento presupuestario.

Requisitos para acceder a la ayuda MOVES III

Para recibir la ayuda, es imprescindible cumplir con varios requisitos técnicos, administrativos y temporales:

  • Territorio: La instalación debe estar ubicada dentro de Castilla-La Mancha.
  • Inicio de obra: No puede haberse comenzado la instalación antes de haber solicitado la subvención (esto se justifica con facturas y fecha de encargo).
  • Nueva instalación: Solo se subvencionan nuevas instalaciones. Las ampliaciones, mejoras o mantenimientos no están incluidas.
  • Normativa técnica: La instalación debe cumplir con la normativa vigente de seguridad eléctrica y conectividad. En Castilla-La Mancha es obligatorio registrar la instalación en Industria.
  • Propiedad del punto de recarga: El beneficiario debe mantener el uso y propiedad del punto de carga durante al menos 5 años.
  • Uso adecuado: El punto de carga debe ser funcional, accesible y utilizado para recargar un vehículo eléctrico propio, de empresa o de terceros (si es de uso público).

Desde Ecogal Energía nos encargamos de toda la gestión documental y tramitación ante la administración para que no pierdas ni tiempo ni dinero.

Deducciones compatibles con el Plan MOVES III

Además de la ayuda directa que ofrece el Plan MOVES III, es importante saber que existen otras deducciones fiscales compatibles que pueden ayudarte a reducir aún más el coste de tu instalación de cargador eléctrico.

Estas son algunas de las deducciones más relevantes:

  • Deducción del IRPF por obras de mejora de eficiencia energética: Si la instalación del cargador eléctrico se acompaña de una mejora energética en la vivienda (como la instalación de placas solares o aerotermia), puedes deducirte hasta el 40 % del importe en tu declaración de la renta, según el Real Decreto-ley 19/2021.
  • Bonificaciones en el IBI: Algunos ayuntamientos de Castilla-La Mancha contemplan bonificaciones de hasta el 50 % en el IBI para viviendas que incorporan sistemas de recarga de vehículos eléctricos junto con energías renovables. La cuantía y duración varían según el municipio.
  • Compatibilidad con otras subvenciones regionales o locales: En determinadas convocatorias, se pueden sumar ayudas adicionales provenientes de fondos autonómicos o municipales, siempre que no se supere el 80 % del coste total subvencionable.

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Cómo solicitar las ayudas MOVES III en Castilla-La Mancha

La solicitud debe presentarse de forma telemática a través de la sede de la Junta de Castilla-La Mancha. Para ello, necesitarás contar con:

Para particulares:

  • DNI o NIE del solicitante
  • Presupuesto o factura proforma del punto de recarga
  • Justificante de cuenta bancaria (IBAN)
  • Certificado de empadronamiento (para acreditar la localización del domicilio)
  • Declaración responsable firmada

Para empresas, autónomos o entidades:

  • CIF de la empresa
  • Presupuesto detallado del proyecto
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social
  • Declaración de ayudas recibidas en régimen de minimis
  • Escritura de apoderamiento (si actúa un representante)

Además, si tu punto de carga se combina con una instalación solar, podrás acceder a otras ayudas complementarias, como deducciones en el IRPF o bonificaciones en el IBI.

¿Cuál es el proceso paso a paso?

El procedimiento para solicitar la ayuda MOVES III para instalar un cargador en Castilla-La Mancha es el siguiente:

  1. Elaboramos el presupuesto y validamos que tu instalación cumple con los requisitos técnicos y administrativos.
  2. Recopilas o te ayudamos a reunir la documentación necesaria según tu perfil (particular, empresa o comunidad).
  3. Presentamos la solicitud online mediante certificado digital, en tu nombre o acompañándote paso a paso.
  4. Ejecutamos la instalación dentro del plazo máximo establecido por la convocatoria (normalmente 12 meses).
  5. Una vez realizada, justificamos la ayuda con fotografías, certificados y facturas, y hacemos el seguimiento del expediente hasta su resolución.

¡Ojo! Aunque se puede pedir la ayuda antes o después de la instalación, recomendamos presentarla cuanto antes, ya que los fondos se asignan por orden de llegada.

¿Cuánto tardan en responder?

Los plazos de resolución en Castilla-La Mancha varían según la carga administrativa, pero la media suele estar entre 3 y 6 meses desde la presentación completa de la solicitud.

Durante ese tiempo, en Ecogal Energía te mantenemos informado y nos encargamos de cualquier subsanación o requerimiento para que no pierdas la ayuda.

¿Te ayudamos a solicitarla? Ecogal lo gestiona por ti

Si estás pensando en instalar un punto de carga para tu coche eléctrico, no dejes pasar las ayudas del Plan MOVES III. En Ecogal Energía nos encargamos de todo el proceso:

  • Te asesoramos sin compromiso
  • Te damos presupuesto personalizado
  • Solicitamos la ayuda por ti
  • Ejecutamos la instalación adaptada a tu vivienda o negocio
  • Hacemos el seguimiento hasta que recibas la subvención
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Preguntas frecuentes sobre el Plan MOVES III

Si estás pensando en instalar un punto de carga para tu coche eléctrico en Castilla-La Mancha, es normal que te surjan algunas dudas. Aquí resolvemos las más frecuentes relacionadas con el Plan MOVES III para que tomes la mejor decisión, con toda la información.

¿Qué pasa si ya tengo el cargador instalado?

Puedes solicitar la ayuda aunque el cargador ya esté instalado, siempre que no hayan pasado más de 12 meses desde la fecha de factura y cumplas con todos los requisitos exigidos. Eso sí, no se puede haber pedido antes ninguna otra subvención incompatible. En Ecogal te ayudamos a comprobar si tu instalación es subvencionable y a presentar la solicitud dentro del plazo.

¿Puedo combinar la subvención con una instalación de placas solares?

Sí. De hecho, es una de las mejores decisiones. Puedes combinar la ayuda para el cargador con una instalación de autoconsumo fotovoltaico, logrando un sistema más eficiente y aún más ahorro. Además, en Castilla-La Mancha puedes beneficiarte de otras deducciones fiscales si mejoras la eficiencia energética global de la vivienda.

¿Qué pasa si me deniegan la ayuda?

Si te notifican una denegación de la ayuda, analizamos contigo los motivos (documentación incompleta, errores de forma, incompatibilidad con otras subvenciones, etc.). En muchos casos es posible presentar alegaciones o subsanar errores dentro del plazo legal. Si has tramitado la ayuda con Ecogal, nosotros nos ocupamos de todo para que tengas la máxima garantía de éxito.

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