CONDICIONES GENERALES

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO

 

Por medio del presente, pone en conocimieto del cliente cuáles son las CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, que forman parte del mismo y que son de obligatoria lectura y comprensión, previo a la firma del contrato, así como de necesaria aceptación para poder constituir la relación jurídica entre las partes.

PRIMERA.- NATURALEZA DEL CONTRATO

El contrato establece una relación jurídica de prestación de servicios de naturaleza mercantil entre las partes.

SEGUNDA.- VISITA TÉCNICA Y PRESUPUESTO NO VINCULANTE

Ecogal Energía Sl podrá llevar a cabo un Visita Técnica, para comprobación y conformidad del precio establecido en las correspondientes condiciones particulares del contrato.

TERCERA.- OBLIGACIONES DE Ecogal Energía SL

En desarrollo de los Servicios, la entidad Ecogal Energía SL asume las siguientes obligaciones:

  • Ecogal Energía SLse compromete a comunicar al cliente toda la información de que disponga y que resulte relevante para la buena marcha de la prestación de los Servicios.
  • Ecogal Energía SLse compromete a cumplir sus obligaciones, observando las normas éticas que deben presidir las relaciones comerciales y a no incurrir en conductas o prácticas que puedan ser reputadas como delictivas o ilegales, al amparo de la legislación española vigente en cada momento y así como a cumplir con sus obligaciones en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, a tenor de lo que establece la legislación española.
  • Asimismo, la compañía tampoco se hace responsable de los posibles daños y/o perjuicios causados por, o a consecuencia de, la inestabilidad de la red eléctrica de la zona, pues se trata de una cuestión ajena a Ecogal Energía SL, al producto ofertado y al servicio prestado, por lo que no se atenderán reclamaciones sobre este respecto.
  • Ecogal Energía SLse compromete a facilitar toda la documentación técnica necesaria para la obtención de licencias de obras.  A tramitar y gestionar todos los permisos, autorizaciones y licencias administrativas necesarias para que se puedan llevar a cabo los Servicios (Salvo licencias de obras). Asimismo, Ecogal Energía SL se compromete a realizar los trámites necesarios para que la Administración inicie las gestiones que les correspondan para comenzar el vertido de la energía excedentaria a la red. Una vez que Ecogal Energía SL ha efectuado dichos trámites necesarios, no se hace responsable de posibles retrasos en su consecución, ya sea por parte de la distribuidora, de la comercializadora o, incluso, de la Comunidad Autónoma o Administración correspondiente, pues son ajenos a la voluntad de Ecogal Energía SL y de los que no tiene obligación de responder.
  • Ecogal Energía SLse obliga a facturar al cliente, con la periodicidad indicada en el Presupuesto, los Servicios contratados, en virtud del contrato. 

CUARTA.- OBLIGACIONES DEL CLIENTE

El Cliente asume las siguientes obligaciones frente a Ecogal Energía SL:

  • El Cliente se obliga a abonar a Ecogal Energía SLla remuneración estipulada en las condiciones particulares del contrato, en los plazos fijados.
  • El Cliente se obliga a poner a disposición de Ecogal Energía SL, con la calidad apropiada, la información y documentación administrativa precisa para el desarrollo y debida prestación de los Servicios por parte de Ecogal Energía SL.
  • El Cliente facilitará el acceso al inmueble del personal enviado por Ecogal Energía SL con el fin de posibilitar la prestación de los servicios contratados. En el supuesto de que fuera denegado el acceso, se le comunicará al Cliente, quien deberá facilitar dicho acceso en un plazo máximo de 10 días naturales contados desde la recepción de dicha comunicación.

Si, no obstante la comunicación anterior, le fuera impedido el paso o no le fuera posible el acceso, Ecogal Energía SL no será responsable de los daños y perjuicios de cualquier tipo que pudieran derivarse de dicha circunstancia, podrá resolver el presente contrato y el Cliente se hará cargo de los costes incurridos hasta la fecha.

  • A fin de poder ejecutar los servicios y la puesta en marcha de los equipos contratados, el Cliente autoriza a Ecogal Energía SL a realizar en su nombre las gestiones necesarias, en concreto: (i) a actuar como su representante frente a los organismos competentes para otorgar las licencias y permisos necesarios para la ejecución y puesta en marcha de los equipos contratados, y, en su caso, proceder a la inscripción de la instalación fotovoltaica en el Registro Administrativo de Autoconsumo, y (ii)  a actuar como su representante frente al distribuidor para todas las gestiones necesarias para el objeto del presente contrato. Se excluyen los trámites con la distribuidora para la activación del autoconsumo en el contrato de acceso a la red del punto de suministro del Cliente, que no están incluidos expresamente en el presente Contrato.
  • El Cliente se compromete a cumplir sus obligaciones, observando las normas éticas que deben presidir las relaciones comerciales, y a no incurrir en conductas o prácticas que puedan ser reputadas como delictivas o ilegales, al amparo de la legislación española vigente en cada momento, y así como a cumplir sus obligaciones en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
  • Solo se permitirá la manipulación de la instalaciónal instalador certificado designado por la organización. En caso de manipulación o modificación de cualquier parte de la instalación por personas ajenas a la organización sin consentimiento previo de Ecogal Energía SL, provocará la pérdida de la garantía de la instalación. Se entiende por manipulación o modificación cualquier cambio en la instalación (en el cableado, en la estructura, etc) tras haber finalizado la misma.

QUINTA.- REMUNERACIÓN DE ECOGAL ENERGÍA SL

El Cliente deberá abonar a Ecogal Energía SL los importes que se prevén en las condiciones particulares del Contrato que resulten de aplicación para la prestación de los Servicios contratados, más el correspondiente I.V.A. o cualquier otro impuesto, tasa, impuesto, contribución o gravamen que resulte de aplicación, exigido por las leyes españolas y ello referido tanto a los actuales como los que puedan establecerse en el futuro.

SEXTA.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO

Ecogal Energía SL facturará el coste del servicio contratado según lo previsto en el Presupuesto y en las condiciones particulares.

La factura se enviará a la dirección (física o de correo electrónico) facilitada por el Cliente, que deberá proceder a su pago en la forma prevista en el presupuesto y en las condiciones particulares.

El pago se deberá efectuar dentro de los siguientes 7 días naturales desde la fecha de emisión de la factura. Transcurrido dicho plazo sin atender el pago, se aplicará, sin necesidad de requerimiento, al monto total de la deuda vencida y no pagada, el interés de demora equivalente al tipo de interés legal del dinero más dos puntos porcentuales. Si el Cliente fuese empresa o Administración Pública, el interés de demora será el establecido por Ley.

En caso de resolverse el contrato y siendo procedente el reintegro del pago realizado por el Cliente, éste autoriza a Ecogal Energía SL a que la devolución se realice utilizando los mismos medios que los empleados para el pago.

En caso de retrasos o errores en la facturación se emitirán las correspondientes facturas de abono o cargo. Los retrasos o errores no eximen al Cliente de su obligación al pago. Asimismo, si el cliente no estuviera al corriente en el pago, Ecogal Energía SL no estará obligada a prestar los Servicios que, en su caso, se hubieran contratado.

Los hitos de pago para la emisión de las facturas por los distintos conceptos se encuentran en las condiciones particulares.

 

 

SÉPTIMA.- DURACIÓN

El Contrato entrará en vigor en la fecha de su firma, si bien la eficacia del mismo se condiciona al cumplimiento de las condiciones establecidas en la cláusula Décimoprimera, y tendrá una duración hasta final de servicio, salvo renuncia expresa por cualquiera de las partes realizada por escrito, con un plazo de QUINCE (15) días naturales de antelación.

No obstante lo anterior, el Contrato permanecerá en vigor hasta que se haya satisfecho por el Cliente la totalidad de las facturas de honorarios y gastos emitidos por Ecogal Energía SL con base en el Contrato.

Los servicios contratados pueden finalizar por mutuo acuerdo de las partes. También finalizarán en cualquier momento por denuncia de una de las partes por impago, incumplimiento de obligaciones, por no adecuación técnica o legal (incluyendo fraude) de las instalaciones del Cliente, o por cualquier otra causa prevista contractual o legalmente.

OCTAVA.- RESOLUCIÓN

Cualquiera de las partes podrá dar por finalizado el Contrato mediante notificación por escrito, realizada a la otra parte con un preaviso de QUINCE (15) días naturales. En tales supuestos, la parte interesada deberá notificar fehacientemente a la otra por escrito la resolución del Contrato y la causa de la misma, reputándose finalizado a la recepción por la otra Parte de tal notificación.

Sin perjuicio de lo anterior, los derechos de cada una de las partes, contraídos con anterioridad a la resolución del contrato, permanecerán vigentes hasta su total cancelación.

Se hace constar expresamente que será causa de resolución automática del Contrato, sin necesidad de notificación fehaciente, el incumplimiento de los requisitos establecidos en la cláusula Decimosegunda.

NOVENA.- COMUNICACIONES

Las comunicaciones y notificaciones que deban efectuarse como consecuencia del contrato se realizarán por escrito, y se remitirán por correo postal certificado con acuse de recibo, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su envío y recepción por el destinatario. Las partes señalan como domicilios los señalados en el presente Contrato.

Toda notificación efectuada en los domicilios señalados será reputada como válida mientras dichos domicilios no sean modificados. Todo cambio de domicilio de cualquiera de las partes deberá ser comunicado a la otra por escrito a la mayor brevedad. Hasta que no se produzca tal comunicación, se considerará válida y vinculante la comunicación remitida a los domicilios anteriores.

El Cliente podrá ponerse en contacto con Ecogal Energía SL a través de los siguientes medios (i) www.ecogalenergia.es, para reclamaciones: 967166089, (iii) Dirección postal: Ecogal Energía SL c/Las Mesas, 58, El Provencio (Cuenca), (iv) E-mail: clientes@ecogalenergia.es.

DÉCIMA.- LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El contrato se regirá por la legislación española en vigor.

El cliente podrá cursar reclamaciones por los medios expuestos en la anterior cláusula. Interpuesta una reclamación, si no fuera estimada o no se hubiera resuelto en el plazo de un mes, el Cliente podrá presentarla ante las Juntas Arbitrales de Consumo en los supuestos para los que la/s Comercializadora/s se haya sometido a dicho arbitraje.

Por último, ambas partes se someten expresamente a la competencia de los Juzgados y Tribunales del lugar donde se prestan los Servicios.

DECIMOPRIMERA.- ENTRADA EN VIGOR E INICIO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

El presente contrato entrará en vigor en la fecha de la firma.

La eficacia del presente contrato se condiciona a:

(I) El resultado del análisis de riesgo a realizar por Ecogal Energía SL, que se reserva el derecho de aceptar o rechazar la activación definitiva del contrato en función del resultado de dicho análisis. Cualquier rechazo deberá estar fundamentado en criterios objetivos y no discriminatorios, tales como la constancia de incidencias crediticias o de solvencia.

(II) Los datos efectivos del suministro, local/vivienda y ubicación se ajusten a los declarados por el cliente a la hora de contratar.

(III) El cumplimiento, por parte del local o vivienda y ubicación, de las condiciones necesarias para la correcta ejecución de los servicios (por ejemplo, que la cubierta o los terrenos donde se va a anclar la instalación solar sean estructuralmente adecuados para tal fin); cumplimiento que será verificado en la visita que realice al inmueble.

Adicionalmente a las anteriores condiciones, dependiendo de la modalidad de pago escogida por el Cliente, deberán cumplirse asimismo las siguientes condiciones para la eficacia del contrato:

     En el caso de que el cliente haya optado por la modalidad de “PAGO AL CONTADO”:

El Cliente abone a Ecogal Energía SL el PAGO INICIAL, es decir, la cantidad detallada en el presupuesto en el apartado HITOS DE PAGO “- Pago tramitación, ayudas, ingeniería, DO y CSS. Firma del presupuesto, compra y reserva material.” 

En consecuencia, Ecogal Energía SL no comenzará la prestación de los Servicios hasta la fecha en la que se produzca el cumplimiento de la condición anterior.

En el supuesto de que no se abone a Ecogal Energía SL el importe señalado en la presente cláusula en el plazo de QUINCE (15) días hábiles desde la fecha de la firma del Contrato, éste se entenderá resuelto a todos los efectos jurídicos oportunos, reservándose Ecogal Energía SL el derecho a reclamar al Cliente los daños y perjuicios que, en su caso, se le puedan haber ocasionado como consecuencia de la falta de pago.

El segundo HITO DE PAGO “Pago previo inicio obra. Se realizará la semana anterior a la instalación” restante se abonará a Ecogal Energía SL en el momento en el momento que sea solicitado.

Una vez Ecogal Energía SL haya efectuado dichos trámites necesarios, no se hace responsable de posibles retrasos en su consecución, de la distribuidora, de la comercializadora o, incluso, de la Comunidad Autónoma o Administración competente, pues son ajenos a la voluntad de Ecogal Energía SL y de los que no tiene obligación de responder.

DECIMOSEGUNDA.- INSTALACIÓN EN VIVIENDA CUYA PROPIEDAD NO PERTENEZCA AL CLIENTE

En el supuesto de que la vivienda para la que se solicite la prestación de los Servicios no sea propiedad del Cliente, con carácter previo a la firma del contrato, el Cliente se obliga a recabar el consentimiento expreso y por escrito del propietario de la vivienda para la instalación de los equipos que forman parte del objeto del contrato, el cual deberá, obligatoriamente, presentarse a Ecogal Energía SL para que sea aceptado y, así, proceder a la firma del contrato.

DECIMOTERCERA.- DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES Y DESISTIMIENTO

Si el Cliente tuviera la condición de consumidor según la normativa de consumo, tendrá los derechos previstos en la normativa vigente en esta materia incluyendo el derecho de desistimiento en el supuesto de haberse celebrado a distancia (telefónicamente o por internet) o fuera del establecimiento de Ecogal Energía SL. El plazo para desistir es de 14 días naturales desde la firma y podrá comunicarse a Ecogal Energía SL por cualquiera de los canales previstos en este contrato, incluyendo el envío del modelo de desistimiento presente en la web www.ecogalenergia.es

Si el Cliente hubiera solicitado el comienzo de la prestación del servicio durante el desistimiento, el mismo se hará cargo de los costes incurridos hasta la fecha de desistimiento, en caso de que los servicios no se hayan completado para entonces. Si los servicios se completan antes de transcurrido ese plazo de desistimiento, no podrá ejercerse este derecho.

 

DECIMOCUARTA.- ANULACIÓN DEL PEDIDO TRAS PERIODO DE DESISTIMIENTO

Si se diese el caso de que el cliente quisiera anular el pedido, una vez aceptado y en fabricación, o que el cliente no permitiera su instalación dentro de los plazos acordados, los pagos efectuados hasta ese momento no se devolverán, y se aplicarán en concepto de indemnización por daños y perjuicios, ya que la fabricación es específica para cada proyecto y cliente.

DECIMOQUINTA.- TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD

La instalación solar fotovoltaica identificada en el presupuesto y en las condiciones particulares pasará a ser propiedad del cliente (i) una vez puesta en marcha en el punto de suministro y firmada la correspondiente Acta de Recepción de la misma; y (ii) cuando se complete el pago a Ecogal Energía SL del precio establecido en el presupuesto y condiciones particulares.

Hasta el momento en que se transfiera, en su caso, la propiedad al Cliente, éste deberá mantener los equipos libres y exentos de todo tipo de gravámenes y cargas durante 5 años, así como en buenas condiciones de conservación y seguridad.

 

 

 

 

 

DECIMOSEXTA.- PROTECCIÓN DE DATOS

16.1. Finalidades del tratamiento de los datos personales.

De acuerdo con lo dispuesto en la Normativa vigente, el Cliente queda informado de que todos los datos facilitados en el presente contrato son necesarios a los efectos de su formalización.

Dichos datos, además de los obtenidos como consecuencia de la ejecución del contrato, serán tratados por Ecogal Energía SL. con domicilio en Calle Las Mesas, 58 de EL Provencio (Cuenca). en su calidad de responsables del Tratamiento, con la finalidad de gestionar, mantener, desarrollar, cumplimentar y controlar la contratación y funcionamiento de la instalación solar, servicios complementarios de revisión y/o asistencia técnica y/o mantenimiento y/o análisis de satisfacción, auditorías y mejora del servicio, para la realización de acciones de prevención del fraude, así como realización de perfiles, comunicaciones comerciales personalizadas basadas en información facilitada por el Cliente y/o derivada de la prestación del servicio por parte de Ecogal Energía SL y relativas a productos y servicios relacionados con el suministro y consumo de energía, mantenimiento de instalaciones y equipamiento. Dichos tratamientos serán realizados dando estricto cumplimiento a la legislación vigente y en la medida que sean necesarios para la ejecución del contrato y/o la satisfacción de los intereses legítimos de Ecogal Energía SL, siempre que sobre estos últimos no prevalezcan otros derechos del Cliente.

Siempre que el cliente lo haya aceptado explícitamente, sus datos personales serán tratados, incluso una vez finalizada la relación contractual y siempre que no se produzca la oposición a dicho tratamiento, para: (I) La promoción de servicios financieros, servicios de protección de pagos, automoción o afines y electrónica, propios o de terceros, ofrecidos por Ecogal Energía SL, y/o la participación en concursos promocionales, así como para la presentación de propuestas comerciales vinculadas al sector energético tras la finalización del contrato, (II) La elaboración de perfiles comerciales del Cliente mediante la agregación de las bases de datos de Ecogal Energía SL con datos provenientes de bases de datos de terceros, con el fin de ofrecer al Cliente productos y servicios personalizados, mejorando así la experiencia del Cliente, (III) La adopción de decisiones automatizadas, tales como permitir la contratación, o no, de determinados productos y/o servicios basadas en el perfil del Cliente y particularmente, en datos tales como, el histórico de impagos, el histórico de contrataciones, permanencia, ubicaciones, datos de consumo, tipos de dispositivos conectados a la red energética, y datos semejantes que permitan conocer con mayor detalle los riesgos asociados a la contratación, (IV) Tomando como base los resultados obtenidos de la agregación de los datos indicados, Ecogal Energía SL podrá realizar ofertas personalizadas y concretamente orientadas a lograr la contratación de determinados productos y/o servicios de Ecogal Energía SL, o de terceras entidades, en función de si el Cliente así lo ha consentido o no, siendo en todo caso tratados datos cuya antigüedad no superará un año. En caso de que dicho proceso se llevara a cabo de forma automatizada, el Cliente siempre tendrá derecho a obtener intervención humana por parte de Ecogal Energía SL, admitiéndose la impugnación y en su caso valoración de la decisión resultante; (V) la realización de campañas comerciales e informativas de productos y servicios energéticos, asesoramiento y eficiencia energética por Ecogal Energía SL.

16.2. Categorías de datos personales objeto de tratamiento.

En virtud de la relación contractual, la/s Comercializadora/s podrá tratar los siguientes tipos de datos personales: (I) Datos identificativos (nombre, apellidos, DNI, dirección postal, dirección de correo electrónico, punto de suministro, etc.), (II) Códigos o claves de identificación de usuario y/o Cliente, (III) Datos de características personales (fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad, etc.), (IV) Datos de circunstancias sociales (aficiones, estilo de vida, estado civil, etc.), (V) Datos de consumo energético y hábitos de vida derivados de éstos, (VI) Datos económicos, financieros, de solvencia y/o de seguros. Los datos personales serán conservados durante la vigencia de la relación contractual y como máximo, durante el plazo de prescripción de las acciones legales correspondiente, salvo que el Cliente autorice su tratamiento por un plazo superior, aplicándose desde el comienzo del tratamiento medidas organizativas y de seguridad para garantizar la integridad, confidencialidad, disponibilidad y resiliencia de los datos personales.

16.3 Comunicaciones y Destinatarios de los datos personales.

Todos los datos personales derivados de la prestación del servicio y los obtenidos en virtud del presente contrato podrán ser comunicados a las siguientes entidades: (I) La empresa distribuidora correspondiente, produciéndose con la misma un intercambio de información permanente para la adecuada prestación del servicio, (II) Los Organismos y Administraciones Públicas que por ley corresponda, (III) Los bancos y entidades financieras para el cobro de los servicios prestados, (IV) Otras empresas del grupo empresarial al que pertenezca la/s Comercializadora/s, únicamente para fines administrativos internos y la gestión de los productos y servicios contratados, (V) Servicios de solvencia patrimonial y crédito de ámbito nacional (Asnef-Equifax, …), a los que, en caso de impago, sin causa justificada por parte del Cliente, se podrá comunicar la deuda, así como servicios de prevención contra el fraude, con el único fin de identificar información errónea o fraudulenta facilitada durante el proceso de contratación, (VI) Proveedores de Ecogal Energía SL necesarios para el adecuado cumplimiento de las obligaciones contractuales, incluso aquellos que pueden estar ubicados fuera del Espacio Económico Europeo, encontrándose en tal caso debidamente adecuada la transferencia internacional de datos; (VII) Ecogal Energía SL, con la finalidad de que sean tratados por ésta para remisión de comunicaciones comerciales, incluso por medios electrónicos, sobre productos y servicios que puedan resultar de interés del cliente, así como para la realización de un asesoramiento energético si el cliente ha autorizado esta cesión.

16.4 Derechos del titular de los datos.

El Cliente contará, en todo momento, con la posibilidad de ejercitar de forma libre y completamente gratuita los siguientes derechos: (I) Acceder a sus datos personales que son tratados por parte de Ecogal Energía SL, (II) Rectificar sus datos personales que son tratados por parte de Ecogal Energía SL que resulten inexactos o incompletos, (III) Suprimir sus datos personales que son tratados por parte de Ecogal Energía SL (IV) Limitar el tratamiento por parte de la/s Comercializadora/s de todos o parte de sus datos personales, (V) Oponerse a determinados tratamientos y adopción de decisiones automatizadas de sus datos personales, requiriendo la intervención humana en el proceso, así como a impugnar las decisiones que sean finalmente adoptadas en virtud del tratamiento de sus datos, VI) Portar sus datos personales en un formato interoperable y autosuficiente, (VII) Retirar, en cualquier momento, los consentimientos otorgados previamente. De conformidad con la normativa vigente, el usuario puede ejercer sus derechos solicitándolo por escrito, y junto a una copia de documento fehaciente de acreditación de la identidad, en la siguiente dirección postal: Ecogal Energía SL c/ Las Mesas, 58 de El Provencio (Cuenca) 16670 o en el correo electrónico clientes@ecogalenergia.es. , en el caso de que entienda vulnerado alguno de sus derechos relacionados con la protección de datos, o en su caso, interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en la dirección Calle de Jorge Juan, 6, 28001 Madrid.

DECIMOSÉPTIMA.- GARANTÍAS

Sobre los equipamientos contratados, Ecogal Energía SL proporcionará al Cliente la garantía legal en los términos establecidos en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, cuando aplique.

Todos los elementos suministrados, así como la instalación (obra) en su conjunto, estarán garantizados frente a defectos de fabricación, instalación, diseño o de cualquier otra índole con una garantía de 2 años a partir del Acta de Recepción. No se considera dentro de la garantía el desgaste ordinario por el uso de la instalación, así como daños causados por operación inadecuada, vandalismo o actos naturales que lleven al sistema a trabajar fuera de las tolerancias indicadas en sus especificaciones. La garantía tampoco aplica cuando la instalación haya sido modificada por el cliente final o cualquier tercero no autorizado. La garantía incluirá todos los conceptos que suponga la reparación de la instalación o de sus componentes: desplazamiento, coste de la visita, mano de obra, reposición o reparación de los componentes y piezas que pudieran resultar defectuosas, etc. Si se interrumpiera el funcionamiento de la instalación debido a razones de las que es responsable Ecogal Energía SL o su Empresa Contratista o a reparaciones que hayan de realizarse para cumplir las estipulaciones de la garantía, el plazo de garantía se prolongará por la duración total de dichas interrupciones.

Adicionalmente a lo indicado en el párrafo anterior, los módulos fotovoltaicos e inversores tendrán las siguientes

garantías adicionales por parte del fabricante: (I) Módulos fotovoltaicos: tendrán una garantía de producto según ficha técnica del fabricante y garantía de degradación de potencia nominal no superior al 10% después de 10 años y no superior al 20% después de 25 años; (II) Inversores: tendrán una garantía de producto según ficha técnica del

fabricante.

DECIMOOCTAVA.- EXCLUSIONES DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS Y RESPONSABILIDAD

Exclusiones: Se excluyen expresamente del alcance de este Contrato los siguientes servicios y/o materiales: (I) La operación y el mantenimiento de la red de distribución, de las instalaciones particulares del Cliente y de los aparatos eléctricos distintos a los recogidos en el presupuesto y condiciones particulares; (II) Los trabajos de adecuación de las cubiertas existentes o de los terrenos necesarios para hacer viable la colocación de la instalación fotovoltaica sobre los mismos, así como rozas, canalizaciones interiores o cajas de registro para paso de cables; (III) La elaboración del estudio de impacto ambiental, en aquellos supuestos en que el mismo resulte preceptivo; (IV) Cualquier modificación y/o sustitución de la instalación fotovoltaica o de cualquiera de sus elementos, así como de las instalaciones particulares del Cliente, que pueda venir impuesta por futuras exigencias legales o administrativas, o por necesidades del Cliente; (V) Todo tipo de materiales, equipamientos u otros no mencionados en el presupuesto y condiciones particulares, así como elementos de naturaleza consumible; (VI) Reparación o sustitución debido al desgaste por uso normal de la instalación/equipo correspondiente; (VII) Reparación o sustitución debido al mal uso de la instalación/equipo, desatendiendo las instrucciones para su operación y mantenimiento; (VIII) Reparación o sustitución debido a la manipulación por terceros no autorizados por Ecogal Energía SL; (IX) Reparación o sustitución debido a accidentes o catástrofes naturales; (X) Reparación o sustitución debido a vandalismo, robo, hurto; (XI) Modificaciones eléctricas, estructurales, ingeniería, mano de obra y materiales de los servicios necesarios para adecuarse a las exigencias de la compañía distribuidora; (XII) Inspección inicial y periódica del organismo de control autorizado (OCA); (XIII) Modificaciones en el armario de contadores definidas por la compañía eléctrica a la solicitud de conexión a red; (XIV) Reformas en centros de transformación o líneas de MT/BT; (XV) documentación diferente a la especificada en los puntos anteriores y en el contrato y que puedan ser necesaria o exigida por parte de alguna administración.

Responsabilidad: Ecogal Energía SL no será responsable de la falta o disminución del rendimiento   de la instalación solar por causas que no resulten directamente imputables a la obra o a los equipos suministrados, como es el caso, con carácter meramente enunciativo, de incidencias derivadas de la inestabilidad en potencia del suministro eléctrico de la acometida de la distribuidora.

 

DECIMONOVENA.- NULIDAD PARCIAL

En el supuesto de que alguno de los términos y condiciones del contrato fueran declarados nulos y sin efecto, los restantes términos y condiciones permanecerán en vigor sin que queden afectados por dicha declaración de nulidad.